[    APORTES DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS Y TRABAJADORES EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA. MODIFICACIÓN

A.     Fuente

Resolución General (AFIP) 2800

 

B.O. 29/03/2010

 

B.     Vigencia

La vigencia de los nuevos importes será de aplicación a partir del período devengado Marzo 2010.

C.     Nuevos importes

Debido al ajuste previsto por la ley 26.417, se modifican a través de la presente los siguientes conceptos:

C.1.   Trabajadores autónomos

Los nuevos importes resultan de aplicación a partir del período devengado Marzo 2010, y son los siguientes:

 

 

 

 

Aportes mensuales de los trabajadores autónomos

 

Categoría

 

Monto a pagar

 

 

 

I

II

III

IV

V

 

$ 166,06

$ 232,47

$ 332,11

$ 531,38

$ 730,64

 

 

Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial[1]

Categoría

 

Monto a pagar

 

 

 

II´

III´

IV´

 

$ 181,63

$ 254,27

$ 363,25

$ 581,20

$ 799,14

 

Afiliaciones voluntarias

Categoría

 

Monto a pagar

 

 

 

I

 

$ 166,06

 

Menores de 21 años

Categoría

 

Monto a pagar

 

 

 

I

 

$ 166,06

 

Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma

Categoría

 

Monto a pagar

 

 

 

I

 

$ 140,11

 

Amas de casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley 24.828

Categoría

 

Monto a pagar

 

 

 

I

 

$ 57,08

 



[1] Los importes de la tabla contemplan el aporte adicional del 3%.