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I
Impuesto a las Ganancias
II Impuesto sobre la ganancia
mínima presunta
III Impuesto sobre los
bienes personales (a la "riqueza")
IV Impuesto al valor agregado
V Impuesto sobre los
Intereses pagados y el Costo financiero del endeudamiento
Empresario
VI Regimen Simplificado para Pequeños
Contribuyentes (Monotributo)
VII Regímenes
de la seguridad social
VIII. Impuestos internos
IX Ingresos Brutos
III.
IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES
1.
Sujetos y hecho imponible.
Las
personas físicas domiciliadas en el país
y las sucesiones indivisas radicadas en el mismo, por
los bienes existentes al 31 de diciembre de cada año,
situados en el país.
2.
Alícuota y mínimo exento
El
gravamen a ingresar surgirá de la aplicación,
sobre el total de los bienes sujetos a impuesto, cuyo
monto exceda los $ 102.300 (mínimo exento), la
alícuota que para cada caso se indica a continuación:
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Valor
total de los bienes sujetos a impuesto
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Alícuotas
sobre el excedente
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Hasta
$ 200.000
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0,50%
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Más
de $ 200.000
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0,75%
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Los
sujetos de este impuesto podrán computar como
pago a cuenta las sumas efectivamente pagadas en el
exterior por gravámenes similares (tax credit).
Los
residentes en el exterior no deducen el mínimo
exento, liquidando el impuesto sobre la totalidad del
patrimonio en el país.
3.
Exenciones
Entre
otras se destaca la exención para inmuebles rurales
que estén alcanzados por el impuesto a la ganancia
mínima presunta.
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